Logramos nueva sentencia que declara la nulidad de tarjeta Ikea.

El juzgado ha tenido en cuenta diversos elementos que suponían falta de transparencia en el contrato de la revolving. Entre ellos, el «carácter predispuesto de las cláusulas, no negociadas individualmente». También la «falta de claridad y comprensibilidad en la adecuación entre precio y contrapartida en el contrato. E, igualmente, la «incorrecta incorporación de la cláusula, que causa en detrimento del consumidor un desequilibrio importante».

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