Sentencia ganada: Unicaja deberá devolver todas las comisiones cobradas en cuenta sin justificar.

En Bernardo Abogados hemos vuelto a conseguir una victoria judicial frente a una entidad bancaria.

El Juzgado de Gijón ha declarado nula la cláusula “COM:COMISIÓN” que aplicaba a nuestra clienta en la libreta  de ahorro de Unicaja Banco, al considerar que no responde a ningún servicio efectivamente prestado al cliente.

⚖️ ¿Qué dice la sentencia?

Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Gijón
🧑‍⚖️ Sentencia nº 517/2025, de 17 de julio de 2025.

El juez recuerda que, según la Audiencia Provincial de Asturias y el Tribunal Supremo, las comisiones bancarias solo son válidas cuando:

  • Existe un servicio real y acreditado, y
  • No suponen una doble penalización junto a los intereses que ya cobra el banco.

En este caso, Unicaja no pudo acreditar qué servicio justificaba esos cobros. Por eso, el Juzgado declara la cláusula abusiva y nula, ordenando la devolución íntegra de las cantidades cobradas, con sus intereses y costas.

“El consumidor sufre indefensión cuando se le cobran cantidades por razones desconocidas y que la propia entidad declara no saber a qué responden.”

🏦 ¿Te han cobrado comisiones por descubierto o posiciones deudoras?

Si tu banco te ha cobrado comisiones con conceptos como:

  • “Com. comisión”
  • “Reclamación de posiciones deudoras”
  • “Comisión por descubierto”

👉 Podemos ayudarte a recuperarlas.

Solo necesitamos una copia del cargo de la comisión, y nosotros nos encargamos de todo.
El trámite es rápido, sencillo y sin preocupaciones: gestionamos la reclamación completa, desde la solicitud al banco hasta la devolución de tu dinero.

📲 Contáctanos ahora y revisamos tu caso sin compromiso:
📧 info@bernardoabogados.com
📞 622 276 191

Escríbenos un Whatsapp📲

Back to Top
TE AYUDAMOS

Escuchamos tu caso, hablamos claro y te ofrecemos soluciones eficaces adaptadas a tus necesidades.

Call Now Button